Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista así como el Auto complementario), conforme se tiene
Del plazo de presentación del recurso de casación.
Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista así como el Auto complementario), conforme se tiene de las diligencias de notificación a fs. 700 y 710 vta., se observa que los recurrentes fueron notificados el 01 y 16 de septiembre de 2020 y como sus recursos de casación fueron presentados el 15 y 30 de septiembre del mismo año, tal cual se observa de los timbres electrónicos cursante a fs. 701 y 724; consecuentemente haciendo un cómputo se infiere que los recursos de casación objeto de la presente resolución, fueron interpuestos dentro del plazo previsto en el art. 273 del Código Procesal Civil, es decir dentro de los diez días hábiles
Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista así como el Auto complementario), conforme se tiene de las diligencias de notificación a fs. 700 y 710 vta., se observa que los recurrentes fueron notificados el 01 y 16 de septiembre de 2020 y como sus recursos de casación fueron presentados el 15 y 30 de septiembre del mismo año, tal cual se observa de los timbres electrónicos cursante a fs. 701 y 724; consecuentemente haciendo un cómputo se infiere que los recursos de casación objeto de la presente resolución, fueron interpuestos dentro del plazo previsto en el art. 273 del Código Procesal Civil, es decir dentro de los diez días hábiles
- CONSIDERANDO I
- 2
- 3
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista Nº 101/2020 de 31 de agosto, cursante de fs
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista así como el Auto complementario), conforme se tiene
- De la legitimación procesal
- De igual forma, se colige que las recurrentes, al margen de identificar debidamente la resolución
- La aplicación indebida del art
- De esta manera, solicitan la emisión de un Auto Supremo que anule el Auto de
- Acusa que, de la lectura y análisis del Auto de Vista, cuyas partes relativas al
- Que el Auto Supremo N° 194/2017 de 01 de marzo debió aplicarse en el presente
- Fundamentos por los cuales solicita se emita un Auto Supremo que case el Auto de
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
