POR TANTO:
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda, en ejercicio de la atribución prevista en el art. 184.1 de la Constitución Política del Estado, art. 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por el representante legal del restaurant la “Casona de la Pascualita”, cursante de fs. 101 a 104, manteniendo firme y subsistente el Auto de Vista 184/2019 de 7 de octubre. Con costas y costos.
Se regula el honorario del profesional abogado en la suma de Bs1000.- (mil bolivianos) que mandará pagar el Tribunal ad quem.
- SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA
- ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y
- ADMINISTRATIVA
- SEGUNDA
- Auto Supremo Nº 610/2020
- Sucre, 12 de octubre de 2020
- Expediente: SC-CA.SAII-CBBA. 225/2020
- Distrito: Cochabamba
- Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar
- CONSIDERANDO I.
- I.2. Auto de Vista.
- I.3 Motivos del recurso de casación.
- CONSIDERANDO II:
- 1.1. Consideraciones previas.
- II.1.1.1
- II.1.1.2.
- II.1.1.3.
- 1.2. Argumentos de derecho y de hecho.
- POR TANTO:
- Regístrese, notifíquese y devué
- Magistrado Relator: Ricardo Torres Echalar
