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2. Resolución de primera instancia que al ser recurrida en apelación por Fortunato Alcalá Condori y Martin Alcalá Condori mediante cursante de fs. 518 a 529, originó que la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, emita el Auto de Vista Nº 146/2019 de 09 de julio, cursante de fs. 555 a 566, ANULANDO obrados hasta la providencia de 27 de agosto de 2018 cursante a fs. 267 de obrados sin reposición, estado en el que la autoridad judicial de primera instancia reasumiendo la dirección del proceso, observe la proponibilidad o improponibilidad no solo procesal sino ad causan de los sujetos que intervienen en el caso y de acuerdo a las pretensiones que expresan allí o bien declare su improponibilidad
- Partes: Fortunato Alcalá Condori y Martin Alcalá Condori c/ Teodocia Alcalá Condori de Pinaya y
- CONSIDERANDO I
- 2
- 4
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista Nº 91/2020 de 10 de septiembre, cursante de fs
- 2. Del plazo de presentación de los recursos de casación
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la notificación a fs
- 3. De la legitimación procesal
- De igual forma, se colige que los recurrentes, al margen de identificar debidamente la
- 4. Del contenido del recurso de casación
- Que se cumplió con lo determinado por los arts. 1505 y 1506 del Código Civil
- La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
