CONSIDERANDIO III
Notificada legalmente la demandada con el traslado corrido al recurso de casación, conforme consta en la diligencia a fs. 368, no mereció respuesta alguna.
CONSIDERANDIO III:
DOCTRINA APLICABLE AL CASO
III.1. Respecto al fin que persigue el recurso de casación en la forma
CONSIDERANDIO III:
DOCTRINA APLICABLE AL CASO
III.1. Respecto al fin que persigue el recurso de casación en la forma
- Expediente: SC-47-20-A
- Partes: Fidel Chilo Rivero c/ Jovana Chilo
- Proceso: Nulidad de reconocimiento de hija, cancelación de partida de nacimiento y declaratoria de inexistencia
- CONSIDERANDO I
- El demandante formuló recurso de casación en la forma bajo el fundamento siguiente
- Refirió que la demandada formuló excepción de falta de legitimación activa fuera del plazo señalado
- Afirmó que la prueba pericial de ADN, puede perfectamente ser considerada y tomada en cuenta
- Acusó como otro agravio importante la errónea tramitación del proceso que no fue considerada en
- Petitorio
- Solicitó se anulen obrados hasta el vicio más antiguo y se disponga la remisión de
- De la respuesta al recurso de casación
- CONSIDERANDIO III
- Es el art
- CONSIDERANDO IV
- Dicho lo anterior, ingresando al análisis y resolución del recurso planteado por Fidel Chilo Rivero,
- SEGUNDA: El proceso es aprehendido por el Juez Tercero de Partido de Familia de la
- TERCERA: Ante la promulgación y vigencia plena de la Ley Nº 603 y Ley Nº
- CUARTA: En audiencia pública, cuya acta cursa a fs
- Por su parte la demandada, planteó el incidente de falta de legitimación activa, solicitando se
- SEXTA: Finalmente, en la misma audiencia, la juez A quo, pronunció el Auto definitivo de
- Ahora bien, del análisis precedente de los antecedentes que informan de la causa, se concluye
- Bajo el marco establecido precedentemente, es indispensable considerar entonces que la causa fue adecuada al
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.
