Auto Supremo AS/0517/2020-RI
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0517/2020-RI

Fecha: 05-Nov-2020

CUARTA: En audiencia pública, cuya acta cursa a fs

CUARTA: En audiencia pública, cuya acta cursa a fs. 315 de obrados, se cedió la palabra al demandante para que se ratifique o desista de su demanda, audiencia en la que la demandada con carácter previo planteó incidente de actividad procesal defectuosa, indicando que hasta ese entonces no se había adecuado la demanda al nuevo Código de las Familias, más aún si existía una resolución del superior que disponía tal adecuación (fs. 162), por lo que, solicitó se disponga el archivo de obrados. Ante tal solicitud de la demandada, fue pronunciado el Auto de 08 de enero de 2019 (fs. 316 a 317 vta.), que declaró probado el incidente de actividad procesal defectuosa y, en aplicación del art. 434 del Código de las Familias, concedió a las partes el término de diez días para el ofrecimiento de pruebas a fin de proseguir el trámite de la causa como proceso extraordinario. Esta resolución fue apelada por la demandada (fs. 319 a 322), únicamente en cuanto a que no se dispuso el archivo de obrados, mientras que el recurrente ratificó sus pruebas y ofreció testigos (fs. 328 y vta.). Tramitada la apelación de contrario, fue concedida en efecto devolutivo por Auto de 06 de febrero de 2019 (fs. 331)