Auto Supremo AS/0530/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0530/2020

Fecha: 09-Nov-2020

Adicionalmente, en el contexto expresado, esta exigencia de orden formal debe ser apartada de nuestro

Por consiguiente, lo resuelto por el Tribunal Ad quem al declarar inadmisible la apelación de fs. 237 y vta. bajo el argumento de que el apelante no identificó de manera clara los agravios, privó al apelante de ejercer su derecho a la impugnación, ya que, del contenido apelado por Nelson Torrico Villarroel, se extrae como agravio la transgresión al art. 362 de la Ley 603, en vista a que el Auto de 23 de marzo de 2018 a fs. 233 y vta. modificó el fondo de la sentencia. Situación que debió ser analizada por el Tribunal Ad quem a fin de generar certeza en las partes,
Adicionalmente, en el contexto expresado, esta exigencia de orden formal debe ser apartada de nuestro ordenamiento jurídico, al mismo tiempo de observar los requisitos de admisibilidad de la apelación en razón de la justicia material, expuesta en la Sentencia Constitucional Nº 1662/2012 de 1 de octubre