El tipo de resolución que se impugna pues, si bien se encuentra establecido en el
El tipo de resolución que se impugna pues, si bien se encuentra establecido en el art. 270 del Código Adjetivo de la materia, sin embargo la citada normativa ha sido interpretada en sus alcances por el AS Nº855/2016 de 20 de julio, cuyo criterio fue ampliado por el AS 751/2017 de 18 de julio
- Expediente:SC-50-20-S
- Proceso: Reivindicación y desocupación de bien inmueble
- Distrito: Santa Cruz
- De las denuncias expuestas por Cristóbal Aramayo Guzmán mediante memorial de fs
- CONSIDERANDO III
- En el Auto Supremo Nº 633/2018-RI de 10 de julio, este Tribunal razonó: “El recurso
- No debe dejarse de lado que a partir de la vigencia de la actual Constitución
- Partiendo de este criterio, y encontrándose en vigor el principio de verdad material que influye
- En ese orden , el recurso de casación por su carácter de extraordinario, vertical y
- El plazo para su interposición (art
- El tipo de resolución que se impugna pues, si bien se encuentra establecido en el
- Contra una resolución que disponga una nulidad procesal, en cuyo caso no es viable interponer
- Falta de legitimación por no tratarse de un derecho propio, que no debe confundirse con
- CONSIDERANDO IV
- 1
- En principio debemos enfatizar que a través del Auto Supremo Nº 633/2018-RI, citado en la
- Sobre esta pretensión debemos hacer énfasis, la resolución de 26 de julio de 2017,
- Se debe considerar que, en el proceso de primera instancia, se adecuó al procedimiento adjetivo,
- Consiguientemente, y toda vez que las acusaciones expuestas en el recurso de casación fueron analizadas,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu.
