Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0549/2020
Fecha: 11-Nov-2020
Distrito: Beni
Distrito: Beni
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Expediente: B-9-20-A
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Proceso: Cumplimiento de contrato
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Distrito: Beni
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CONSIDERANDO I
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CONSIDERANDO II
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El recurrente acusa que el Auto de Vista impugnado se limitó en
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En el fondo
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De la respuesta al recurso de casación
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Corrido en traslado el recurso de casación, no hubo respuesta al mismo
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CONSIDERANDO III
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Sobre este particular, la Sentencia Constitucional 0012/2006-R de 4 de enero, razonó lo siguiente: “La motivación
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La SC 2023/2010-R de 9 de noviembre, de igual forma estableció: “…la motivación no implicará la
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Asimismo, la Sentencia Constitucional Plurinacional Nº 0903/2012 de 22 de agosto, refiere: “…la fundamentación y motivación
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Finalmente la Sentencia Constitucional Plurinacional 0075/2016-S3 de 8 de enero, sobre este tema ha sintetizado
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Por lo expuesto se puede colegir, que para el cumplimiento del debido proceso en sus
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III.2. Del principio de congruencia y el art. 265.I del Código Procesal Civil
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En mérito al principio de congruencia, toda resolución debe reunir la coherencia procesal necesaria, que
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La jurisprudencia constitucional ha desarrollado asimismo el principio de congruencia en la Sentencia Constitucional Nº
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De lo expuesto se deduce que, en segunda instancia, pueden darse casos de incongruencia “ultra
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En este entendido, este Tribunal Supremo de Justicia ha orientado a través del Auto Supremo
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De igual forma, a través del Auto Supremo Nº 254/2014 se ha orientado que: “La inobservancia
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Asimismo, y ahondando un poco más en la incongruencia omisiva, es menester señalar que el
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Continuando, es importante considerar que el principio de congruencia procesal, si bien pondera el derecho al debido
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En el recurso de casación en la forma y en relación al principio de congruencia, la
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III.2 Sobre la obligación de agotar la solicitud de complementación y enmienda
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Previamente se debe tener presente que el art
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Por lo que al ser aplicable a cuestiones para subsanar cuestiones formales de las resoluciones
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En este marco, se concluye que cuando se alegue incongruencia omisiva en la resolución impugnada,
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Entendimiento orientado por este Tribunal Supremo en diversos fallos entre ellos el Auto Supremo Nº
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Ahora si dicha respuesta, no satisfacía las expectativas deducidas por los recurrentes debieron formular la
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De la revisión de los motivos de recurso de casación se desprende que contienen en
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Con relación a los motivos del recurso de casación referidos a que: El Auto de
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Al respecto y conforme se desprende de antecedentes se establece que ante el Juzgado Publico
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Corrida en traslado esta excepción, fue respondida por el actor por escrito de fs
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Apelada esta determinación por el Banco Unión S
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Asimismo el Ad quem constato que en ambos procesos se cuenta con los mismos medios
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Bajo ésos antecedentes y asumiendo que el presente proceso contiene los mismos argumentos y la
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De lo expuesto se concluye que el Tribunal de Alzada, contrariamente a lo acusado, hizo
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Sin embargo, al margen de lo ya expuesto es menester aclarar que, si la parte
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Razones por las que al haberse advertido que el Auto de Vista responde congruentemente a
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POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
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Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu.
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