Bajo ese antecedente, el codemandado ahora recurrente Abimael Rodrigo Tellez Cruz, a fin de habilitarse
Bajo ese antecedente, el codemandado ahora recurrente Abimael Rodrigo Tellez Cruz, a fin de habilitarse para recurrir de casación, en primer término, debió cuestionar el fallo de primera instancia mediante recurso de apelación, al no haberlo hecho, de ninguna manera puede recurrir en casación, aspectos que no fueron reclamados en su oportunidad ante la instancia correspondiente, en sujeción a lo establecido por el art. 272. II del Código Procesal Civil. (Desarrollado en la doctrina aplicable al caso en el punto III.1)
- Partes: Erika Patricia Hilda Silva Villarubia e Isabel María Villarubia Pardo c/ Abimael Rodrigo Tellez
- CONSIDERANDO I
- 2
- 3
- CONSIDERANDO II
- 1. De la resolución impugnada
- Del análisis del Auto de Vista Nº S-101/2020 de 14 de febrero, cursante de fs
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la notificación a fs
- 3. De la legitimación procesal
- De igual forma, se colige que Franklin Francisco López Loma, Carla Lorena y Rosa Trinidad
- 4. Del contenido del recurso de casación
- Que el Tribunal de alzada a momento de fundamentar el auto de vista en el
- De esta manera, solicitó la emisión de un Auto Supremo que case el auto de
- De estos fundamentos se verifica que el recurso de casación de fs
- B) Del recurso de casación interpuesto por Abimael Rodrigo Tellez Cruz, mediante memorial cursante a
- CONSIDERANDO III
- El art
- III.2. Del per saltum
- En cuanto a la temática el A
- CONSIDERANDO IV
- Resolución con la que fue notificada legalmente Abimael Rodrigo Tellez Cruz, así también fueron notificados
- Bajo ese antecedente, el codemandado ahora recurrente Abimael Rodrigo Tellez Cruz, a fin de habilitarse
- Ahora en casación, recién pretende hacer valer los derechos que pudo observar en el recurso
- La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
