Regístrese, comuníquese y cúmplase.
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42 num. 1) de la Ley del Órgano Judicial y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, dispone la ADMISIÓN de los recursos de casación de fs. 500 a 502 vta., de fs. 504 a 507 vta., de fs. 509 a 512 vta., y de fs. 515 a 519 vta., presentados por María Marlene Rodriguez Romero, Angela Mery Rodríguez Romero, Lili Romero Pinto y Mikhail Cárdenas Rodríguez respectivamente, impugnando el Auto de Vista de 31 de julio de 2020 pronunciado por la Sala Tercera Civil, Comercial, Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia Intrafamiliar del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
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- Expediente: SC-68-20-S
- Partes: Marcelina Tapia c/ Mikhail Cárdenas Rodríguez, Ángela Mery y María Marlene ambas Rodríguez Romero
- Proceso: Mejor derecho propietario, acción negatoria y reivindicación
- VISTOS: Los recursos de casación cursantes de fs
- Tramitado así el proceso ordinario hasta la emisión de la Sentencia de 20 de mayo
- 2
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- 3. De la legitimación procesal
- 4. Del contenido de los recursos de casación
- 4
- a) Acusó que el Auto de Vista de 31 de julio de 2020, la Sentencia
- Petitorio
- a) Acusó que el Auto de Vista de 31 de julio de 2020 es vuneratorio
- c) Expresó que la resolución de alzada vulneró los arts
- Solicitó anular obrados hasta fs
- Solicitó anular obrados hasta la audiencia preliminar de 25 de marzo de 2019, la cual
- Solicitó anular obrados hasta la audiencia preliminar cursante de fs
- Así planteados los agravios por la parte recurrente, se concluye que, en la forma, ha
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
