I.1.Antecedentes del proceso
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA
ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y
ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 656/2020
Sucre, 23 de noviembre de 2020
Expediente: SC-CA.SAII-CBBA. 337/2020
Distrito: Cochabamba
Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
VISTOS: El recurso de casación de fs. 135 a 138, la Empresa de Correos de Bolivia en liquidación, representada legalmente por Francisco García Ángelo contra el Auto de Vista 017/2020 de 27 de enero, de fs. 119 a 121, pronunciado por la Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contencioso Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso social por pago de beneficios sociales, seguido por Carmen Lidia Arandia Richter contra la empresa recurrente, el memorial de contestación de fs. 169 a 170, el Auto de 15 de septiembre de 2020, que concede el recurso, el Auto 337/2020-A de 13 de octubre, de fs. 184 y vta., que admitió el recurso, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I.
I.1.Antecedentes del proceso
ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y
ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 656/2020
Sucre, 23 de noviembre de 2020
Expediente: SC-CA.SAII-CBBA. 337/2020
Distrito: Cochabamba
Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
VISTOS: El recurso de casación de fs. 135 a 138, la Empresa de Correos de Bolivia en liquidación, representada legalmente por Francisco García Ángelo contra el Auto de Vista 017/2020 de 27 de enero, de fs. 119 a 121, pronunciado por la Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contencioso Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso social por pago de beneficios sociales, seguido por Carmen Lidia Arandia Richter contra la empresa recurrente, el memorial de contestación de fs. 169 a 170, el Auto de 15 de septiembre de 2020, que concede el recurso, el Auto 337/2020-A de 13 de octubre, de fs. 184 y vta., que admitió el recurso, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I.
I.1.Antecedentes del proceso
- I.1.Antecedentes del proceso
- Que, Carmen Lidia Arandia Richter, representada legalmente por Ibon Martha Morales Rojas y Javier Ortega
- El Juez Segundo de Partido de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Cochabamba,
- Cumplidas las formalidades procesales, se emitió la Sentencia 245 de 15 de noviembre de 2016,
- Deducido el recurso de apelación por la parte demandada, por Auto de Vista 017/2020 de
- I.2 Motivos del recurso de casación
- Dentro el plazo previsto por ley, Francisco García Angelo en su calidad de Liquidador de
- I.2.1. Petitorio
- Concluye el memorial solicitando a este Tribunal Supremo de Justicia, case el Auto de Vista
- II.1.1. Consideraciones previas
- A su vez la Ley Nº 719 de 6 de agosto de 2015, dispuso que
- II.1.2. Argumentos de derecho y de hecho
- Que, así planteado el recurso de casación, ingresando a su análisis con relación al Auto
- De las normas transcritas precedentemente, se colige que para la procedencia del pago de la
- Que, en el marco legal descrito, el Tribunal de Alzada no incurrió en trasgresión,
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Carlos Alberto Egüez Añez
