De la revisión del recurso de casación y conforme lo dispuesto en el Auto Supremo
Auto de Vista: Contra la mencionada Sentencia, los acusados Eva Luisa Choque Ávalos y Richard Enrique Rodríguez Conde, formularon recurso de apelación restringida, cursante de fs. 742 a 750, resuelto por Auto de Vista N° 009/2020 de 5 de febrero (fs. 777 a 787 vta.) dictado por la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que declaró improcedente el recurso planteado.
II. IDENTIFICACION DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión del recurso de casación y conforme lo dispuesto en el Auto Supremo N° 413/2020-RA de 29 de julio, se extraen los motivos a ser analizado en la presente Resolución, conforme al mandato establecido en los Arts. 398 del Código de Procedimiento Penal (CPP) y 17 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ)
- Por memorial presentado el 12 de marzo de 2020, cursante de fs
- Sentencia: Por Sentencia N° 15/2019 de 16 de abril (fs
- De la revisión del recurso de casación y conforme lo dispuesto en el Auto Supremo
- Acusan la vulneración al debido proceso, en razón a que el Tribunal de alzada no
- Admitido el recurso de casación interpuesto por Richard Enrique Rodríguez Conde y Eva Luisa Choque
- Por su parte, la jurisprudencia constitucional concibe al debido proceso como el derecho de toda
- El derecho a la defensa ha sido entendido por la jurisprudencia constitucional como: “…potestad inviolable
- III.3. La fundamentación oral de la apelación restringida
- La Constitución Política del Estado reconoce y garantiza el principio a la impugnación, que se
- A más de lo expuesto, cabe destacar que la audiencia de fundamentación oral del recurso
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
