Auto Supremo AS/0717/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0717/2020-RRC

Fecha: 12-Nov-2020

La Constitución Política del Estado reconoce y garantiza el principio a la impugnación, que se


La Constitución Política del Estado reconoce y garantiza el principio a la impugnación, que se encuentra previsto en el art. 180.II, refiriendo textualmente que “Se garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales”,  el cual conforme a la doctrina es fundamental en todo procedimiento; consecuentemente, los actos de los administradores de justicia que causen agravio al interés de cualquiera de las partes, pueden ser impugnados con la finalidad de que se enmienden los agravios causados