Del análisis del Auto de Vista N° 219/2019 de 05 de julio, cursante de fs
Del análisis del Auto de Vista N° 219/2019 de 05 de julio, cursante de fs. 415 a 417 vta., de obrados, pronunciado por la Sala Tercera Civil, Familia, Niñez y Violencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, se advierte que el mismo absuelve un recurso de apelación que fue interpuesto contra una sentencia dictada dentro de un proceso ordinario sobre reconocimiento de efectos personales y patrimoniales, lo que permite inferir que la resolución recurrida se encuentra dentro de los casos de procedencia que establece el art. 392 de la Ley Nº 603
- VISTOS: El recurso de casación cursante de fs
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- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista N° 219/2019 de 05 de julio, cursante de fs
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- Emitida la resolución recurrida (auto de vista), conforme se tiene de la diligencia de notificación
- 3. De la legitimación procesal
- la resolución impugnada, es decir el Auto de Vista N° 219/2019 de 05 de julio,
- 4. Del contenido del recurso de casación
- La indebida aplicación de los arts
- De estas consideraciones se verifica que el presente recurso de casación cumple con las exigencias
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta Sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
