De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Por Sentencia 04/2019 de 6 de marzo (fs. 17 a 25 vta.), el Tribunal de Sentencia Primero del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, declaró a Jherson Yujra Nina, autor de la comisión del delito de Lesiones Gravísimas, previsto y sancionado por el art. 270, numeral 3 del CP, imponiendo la pena de cinco años de presidio
- Por memorial presentado el 25 de noviembre de 2019, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, el imputado formuló recurso de apelación restringida (fs
- Mediante diligencia de 18 de noviembre de 2019 (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- Denuncia también que el Tribunal de alzada no atendió todos los reclamos efectuados en la
- Continúa haciendo referencia a la apelación restringida de autos y los agravios contenidos en ella,
- Previa transcripción de parágrafos de los Autos Supremos 067/2013-RRC de 11 de marzo y 14/2013
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- Invocación del precedente a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo el
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- Como única prueba, se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente contradictorio
- El precepto legal contenido en el art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, también asumido en el Auto Supremo Nº 118/2015-RRC de 24 de febrero, no
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos, por diligencia de fs
- En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad se establece que, la parte
- De la misma forma; se debe hacer notar a la parte recurrente que, si bien
- Finalmente, respecto al tercer motivo del recurso interpuesto; resulta importante hacer notar que, de un
- “Concretamente en materia procesal penal, Rafael Hinojosa Segovia, refiriéndose a la naturaleza jurídica y objeto
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en los arts
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- FDO
- Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca
