Auto Supremo AS/0160/2020-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0160/2020-RA

Fecha: 06-Feb-2020

El recurrente, haciendo alusión a la procedencia del recurso de casación y la posible existencia


II. SOBRE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

El recurrente, haciendo alusión a la procedencia del recurso de casación y la posible existencia de defectos procesales, expone los siguientes fundamentos:

Alega que el Auto de Vista no se pronunció sobre todos los aspectos cuestionados en el recurso de apelación restringida, no existiendo una debida fundamentación, siendo que en apelación se denunciaron los defectos del art. 370 nums. 5 y 6 del Código de Procedimiento Penal (CPP), así como también violación a la Ley sustantiva por inaplicación del art. 203 del CP, pero a pesar de ello, únicamente resolvió el primer motivo, anulando la Sentencia en base a dos motivos: 1. Por no existir en Sentencia una descripción valorativa de cada uno de los elementos probatorios; y, 2. Porque el juicio oral no fue aperturado contra Martha Nogales Delgadillo, además de no ser notificada en su domicilio personalmente. En tal sentido, el Auto de Vista resolvió la apelación tergiversando los argumentos del recurso en forma ilegal y extra petita, además, de no manifestar nada acerca de los motivos impugnados, omitiendo en resolver todos los puntos apelados, determinándose la nulidad, en base a un argumento que nadie impugnó o alegó como agravio, sin observar lo determinado por el art. 398 del CPP, contrario a los términos de los Autos Supremos 45/2012 de 13 de marzo, 90/2013 de 28 de marzo y 017/2014-RRC de 24 de marzo, en afectación del art. 180.I de la CPE, traducida en incongruencia omisiva en contraposición al Auto Supremo 701/2015-RRC-L de 25 de septiembre