Auto Supremo AS/0075/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0075/2020

Fecha: 03-Mar-2020

Al respecto, señaló que, la prueba documental acompañada, cursantes de fs

Al respecto, señaló que, la prueba documental acompañada, cursantes de fs. 29 a 41, acreditan sin lugar a dudas, que al actor se le canceló dentro del plazo de 15 días establecido en el art. 9 del DS N° 28699 de 1 de mayo de 2006, prueba de ello es el sello de recibido, estampado en la parte inferior del Memorándum N° 921/2009 de 21 de diciembre, en el cual se encuentra la firma de conformidad del trabajador, que acredita que la desvinculación laboral, se produjo a partir del 7 de enero de 2010, extremo corroborado por el trabajador en su demanda, aspecto importante que no fue valorado, afirmación esta, que conforme a lo previsto en el art. 154 del CPT, que no requiere prueba y confirma el hecho de que la desvinculación, se produjo el 7 de enero de 2010, por consiguiente, a partir de esa fecha, hasta el momento de la cancelación de los beneficios sociales, realizada el 21 de enero de 2010, conforme lo acredita el sello de recepción de la Jefatura Departamental del Trabajo