Adujo que no corresponden las duodécimas de aguinaldo de navidad, toda vez que la actora,
Adujo que no corresponden las duodécimas de aguinaldo de navidad, toda vez que la actora, en la gestión 2016, no alcanzó a trabajar 3 meses, contraviniendo lo previsto en el art. 3 del DS N° 229 de 21 de diciembre de 1944, citando también sobre el tema, el Instructivo N° 239/16 sobre el pago de aguinaldo de navidad de la gestión 2016, emitido por el Ministerio de Trabajo, Empleo y previsión Social, el cual es concordante con el art. 3 del DS aludido
- Distrito: Santa Cruz
- En grado de apelación deducida por ambas partes, de fs
- El referido auto de vista, motivó a la parte demandada a interponer el recurso de
- Adujo que no corresponden las duodécimas de aguinaldo de navidad, toda vez que la actora,
- Sostuvo que no corresponde el pago de sueldos devengados, ni presuntos bonos, puesto que para
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia, case el auto de vista recurrido y
- CONSIDERANDO II
- Ahora bien, con relación al reclamo de la imposición de costas a la parte demandada
- Respecto a la indemnización y el sueldo promedio indemnizable, del análisis de los antecedentes procesales,
- Por lo relacionado, al advertirse que es evidente que, en el Auto de Vista
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
