Auto Supremo AS/0080/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0080/2020

Fecha: 03-Mar-2020

Sostuvo que no corresponde el pago de sueldos devengados, ni presuntos bonos, puesto que para

Sostuvo que no corresponde el pago de sueldos devengados, ni presuntos bonos, puesto que para que exista la obligación del pago de sueldo, debe existir la contraprestación de un trabajo efectivamente realizado, y en el caso presente, no se tiene pendiente el pago de sueldos devengados; en cuanto a la procedencia del pago de algún bono, esta obligación debe generarse en el derecho positivo boliviano, es decir, para que exista la posibilidad de reclamar el pago de algún derecho, el mismo debe estar establecido en la legislación laboral, situación que no acontece al bono reclamado, por lo que no es procedente otorgarlo