Arguye violación del art
Arguye violación del art. 3.j) del CPT, pues en forma lesiva el auto de vista confirma la sentencia, que no valoró correctamente los datos del proceso que demostraron que no existió relación laboral con la actora, toda vez que no se valoró el tríptico de fs. 81. Tampoco se valoró la prueba de fs. 53 a 57 que evidencia la quiebra por el incendio que sufrió la empresa
- CONSIDERANDO I
- En grado de apelación, deducida por Víctor Manuel Balladares, en representación legal de la Empresa
- El referido Auto de Vista, motivó a la empresa demandada a la interposición del recurso
- Arguye violación del art
- Petitorio
- Finalmente solicita que este Tribunal Supremo de Justicia, CASE el auto de vista recurrido y
- Memorial de contestación al recurso
- La parte demandante, mediante memorial de fs
- Que del análisis y examen exhaustivo de las piezas cursantes en el proceso, las infracciones
- Encontrándose plenamente vigente el Código Procesal del Trabajo, se asume que las normas supletorias, en
- En virtud a las consideraciones precedentes, luego de revisados los antecedentes procesales, corresponde resolver los
- Sin perjuicio de lo anterior, corresponde considerar el recurso de casación, en aplicación de los
- Respecto a la vulneración del art
- Consiguientemente, en virtud a las razones expuestas, no habiéndose identificado vulneración alguna en el Auto
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Carlos Alberto Egüez Añez
