Que, tramitado el proceso de referencia, el Juez Segundo de Partido de Trabajo y Seguridad
VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 205 a 210 vta., interpuesto por Lourdes del Carmen Sejas Baltazar, en representación de la Empresa Bolivian Wire And Cable Co. S.A., contra el Auto de Vista Nº 081/2019 de 10 de abril, cursante de fs. 200 a 202, pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso laboral seguido por Zacarías Pascual Condori, Javier Ernesto Pérez Ugalde y Constantino Zacarías Vargas Cossio, contra la parte demandada recurrente, la respuesta de fs. 213 a 217 vta., el Auto de fs. 219 que concedió el recurso, el Auto Nº 295/2019-A de 29 de agosto de fs. 191 y vta., que admitió la casación, los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO I:
I. 1. Antecedentes del proceso
I.1.1 Sentencia
Que, tramitado el proceso de referencia, el Juez Segundo de Partido de Trabajo y Seguridad Social de Cochabamba, emitió la Sentencia de 1 de diciembre de 2017, cursante de fs. 158 a 163 vta., declarando probada la ampliación de demanda de fs. 36 a 39 vta., disponiendo que la parte demandada, cancele a favor de los actores, Zacarías Pascual Condori, Bs. 114.973,75, a Javier Pérez Ugalde Bs. 144.572,64 y a Constantino Zacarías Vargas Cossio, la suma de Bs. 363.802,36, por concepto de indemnización, desahucio, salarios devengados, incremento salarial y, aguinaldo
CONSIDERANDO I:
I. 1. Antecedentes del proceso
I.1.1 Sentencia
Que, tramitado el proceso de referencia, el Juez Segundo de Partido de Trabajo y Seguridad Social de Cochabamba, emitió la Sentencia de 1 de diciembre de 2017, cursante de fs. 158 a 163 vta., declarando probada la ampliación de demanda de fs. 36 a 39 vta., disponiendo que la parte demandada, cancele a favor de los actores, Zacarías Pascual Condori, Bs. 114.973,75, a Javier Pérez Ugalde Bs. 144.572,64 y a Constantino Zacarías Vargas Cossio, la suma de Bs. 363.802,36, por concepto de indemnización, desahucio, salarios devengados, incremento salarial y, aguinaldo
- Distrito: Cochabamba
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
- Que, tramitado el proceso de referencia, el Juez Segundo de Partido de Trabajo y Seguridad
- En grado de apelación deducida por la parte demandada de fs
- En la forma
- Por otra parte, extrañamente los demandantes, fundamentan su ampliación, en base al art
- En el fondo, que el juez de la causa, y el tribunal de alzada, a
- Por otro lado, es totalmente incoherente la conclusión realizada por los vocales, sobre los pagos
- Adujo que en ningún momento se incurrió en contradicción, pues todo lo aseverado y de
- 1.3. Respuesta al recurso
- CONSIDERANDO II
- Resolviendo el recurso de casación en la forma, sobre la ampliación de una demanda preliminar,
- Que en ese marco legal, se concluye, que el auto de vista impugnado, se ajusta
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
