VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Linda Flor Villalobos Moreno, cursante de fs
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA
ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y
ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 169/2020
Sucre, 9 de marzo de 2020
Expediente: SC-CA.SAII-PDO. 464/2019
Distrito: Pando
Magistrado Relator: Abog. Ricardo Torres Echalar
VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Linda Flor Villalobos Moreno, cursante de fs. 71 a 72, contra el Auto de Vista Nº 168/2019 de 9 de agosto cursante de fs. 65 a 67, emitido por la Sala Civil, Social, Familia, Niñez y Adolescencia, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro el proceso laboral por pago de beneficios sociales interpuesto por Valderizada Da Silva Peñaranda contra la recurrente, el auto que concedió el referido medio de impugnación cursante a fs. 78, el Auto Nº 473/2019-A de 27 de noviembre de fs. 91 y vta. mediante el cual se admitió el referido recurso, los antecedentes del proceso y:
CONSIDERANDO I.
I.1.Antecedentes del proceso
ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y
ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 169/2020
Sucre, 9 de marzo de 2020
Expediente: SC-CA.SAII-PDO. 464/2019
Distrito: Pando
Magistrado Relator: Abog. Ricardo Torres Echalar
VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Linda Flor Villalobos Moreno, cursante de fs. 71 a 72, contra el Auto de Vista Nº 168/2019 de 9 de agosto cursante de fs. 65 a 67, emitido por la Sala Civil, Social, Familia, Niñez y Adolescencia, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro el proceso laboral por pago de beneficios sociales interpuesto por Valderizada Da Silva Peñaranda contra la recurrente, el auto que concedió el referido medio de impugnación cursante a fs. 78, el Auto Nº 473/2019-A de 27 de noviembre de fs. 91 y vta. mediante el cual se admitió el referido recurso, los antecedentes del proceso y:
CONSIDERANDO I.
I.1.Antecedentes del proceso
- VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Linda Flor Villalobos Moreno, cursante de fs
- Valderizada Da Silva Peñaranda, en su escrito de fs
- Cumplidas las formalidades procesales, se emitió la Sentencia N° 21 de 15 de enero de
- I.2. Auto de Vista
- I.3 Motivos del recurso de casación
- La parte demandada dentro el plazo previsto por ley, por escrito de fs
- 1.1. Consideraciones previas
- Luego de revisados minuciosamente los antecedentes cursantes en el expediente, en cumplimiento del art
- A su vez la Ley Nº 719 de 6 de agosto de 2015, dispuso que
- II
- Asimismo, se debe establecer que la valoración de la prueba constituye una atribución privativa de
- En consecuencia, el Tribunal Ad quem, ha tomado en cuenta los principios rectores en materia
- Que, en el marco legal descrito, el recurso de casación carece de sustento jurídico para
- Con costas en aplicación del art. 223.2 del Código Procesal Civil
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
