Auto Supremo AS/0171/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0171/2020

Fecha: 09-Mar-2020

La parte demandada dentro el plazo previsto por ley, por escrito de fs

La parte demandada dentro el plazo previsto por ley, por escrito de fs. 78 a 86 vta. interpuso recurso de casación en la forma y fondo, acusando las siguientes infracciones:
I.3.1 En la forma
Manifestó que el auto de vista recurrido vulneró el principio de congruencia por el que toda resolución debe reunir la coherencia procesal necesaria, que en el caso del recurso de apelación encuentra su fuente normativa en el art. 265 del Código Procesal Civil. En tal sentido, refirió que en segunda instancia pueden darse casos de incongruencia “ultra petita”, que se produce al otorgar más de lo pedido; “extra petita”, al extender el pronunciamiento a cuestiones no sometidas a la decisión del Tribunal; y cuando se omite decidir cuestiones que son materia de expresión de agravios por el apelante “citra petita”.
I.3.2 En el fondo
Por otro lado, acusó la falta de motivación del auto recurrido. Al respecto como antecedente de relevancia jurídica mencionó que, el debido proceso como garantía, principio y derecho tiene como uno de sus elementos el derecho a una resolución motivada y congruente. En ese sentido, hizo mención a jurisprudencia del Tribunal Constitucional Plurinacional (780/2014 de 21 de abril y 536/2010 de 12 de julio)