Por otro lado, se debe mencionar también que en materia laboral rigen varios principios procesales,
Por otro lado, se debe mencionar también que en materia laboral rigen varios principios procesales, entre los que se encuentran el principio protector y dentro de éstas la regla "in dubio pro operario", es decir, si a momento de apreciar la prueba cursante en obrados, sobre la base de la inexistencia de la prueba tasada, el juez advierte que existen circunstancias, eventos, condiciones u otros que sean contradictorios o excluyentes entre sí, se debe aplicar la regla "in dubio pro operario" y reconocer la circunstancia o hecho más favorable al trabajador, desestimando la otra, situación que sucedió en el caso que se analiza, por lo que corresponde reconocer los derechos demandados por el actor, los cuales guardan estricta correspondencia con lo determinado en los arts. 48 de la CPE y 4 de la LGT, los cuales que establecen que los derechos y beneficios reconocidos a favor de las trabajadoras y los trabajadores no pueden renunciarse y son nulas las convenciones contrarias o que tiendan a burlar sus efectos. Asimismo, el art. 46 de la Norma Suprema, dispone que el trabajo y el capital humano gozan de protección del Estado
- VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Elizabeth Chávez Sanjinez, cursante de fs
- Gilber Tórrez Vicente, en su escrito de fs
- Cumplidas las formalidades procesales, se emitió la Sentencia de 23 de mayo de 2014 cursante
- I.2. Auto de Vista
- I.3 Motivos del recurso de casación
- La parte demandada dentro el plazo previsto por ley, por escrito de fs
- En su petitorio, solicitó se anule el auto de vista recurrido, disponiendo que se pronuncie
- 1.1. Consideraciones previas
- Luego de revisados minuciosamente los antecedentes cursantes en el expediente, en cumplimiento del art
- En cuanto a la falta de motivación de la resolución impugnada, se debe hacer las
- II
- A su vez, el art
- Asimismo, se debe establecer que la valoración de la prueba constituye una atribución privativa de
- Por otro lado, se debe mencionar también que en materia laboral rigen varios principios procesales,
- Que, en el marco legal descrito, el recurso de casación carece de sustento jurídico para
- Con costas en aplicación del art. 223.2 del Código Procesal Civil
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
