Luego de revisados minuciosamente los antecedentes cursantes en el expediente, en cumplimiento del art
Luego de revisados minuciosamente los antecedentes cursantes en el expediente, en cumplimiento del art. 108 de la Constitución Política del Estado que dispone: “Son deberes de las y los bolivianos: 1.Conocer, cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes”, se debe tener presente la generalidad con la cual se reguló el recurso de nulidad o casación en el Código Procesal del Trabajo, por ello es imperativo acudir al principio de supletoriedad excepcional previsto en el art. 252 del mismo cuerpo legal que dispone: “Los aspectos no previstos en la presente Ley, se regirán excepcionalmente por las disposiciones de la Ley de Organización Judicial y del Procedimiento Civil y siempre que no signifiquen violación de los principios generales del Derecho Procesal Civil”
- VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Elizabeth Chávez Sanjinez, cursante de fs
- Gilber Tórrez Vicente, en su escrito de fs
- Cumplidas las formalidades procesales, se emitió la Sentencia de 23 de mayo de 2014 cursante
- I.2. Auto de Vista
- I.3 Motivos del recurso de casación
- La parte demandada dentro el plazo previsto por ley, por escrito de fs
- En su petitorio, solicitó se anule el auto de vista recurrido, disponiendo que se pronuncie
- 1.1. Consideraciones previas
- Luego de revisados minuciosamente los antecedentes cursantes en el expediente, en cumplimiento del art
- En cuanto a la falta de motivación de la resolución impugnada, se debe hacer las
- II
- A su vez, el art
- Asimismo, se debe establecer que la valoración de la prueba constituye una atribución privativa de
- Por otro lado, se debe mencionar también que en materia laboral rigen varios principios procesales,
- Que, en el marco legal descrito, el recurso de casación carece de sustento jurídico para
- Con costas en aplicación del art. 223.2 del Código Procesal Civil
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
