Auto Supremo AS/0213/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0213/2020

Fecha: 20-Mar-2020

Del análisis de obrados, se evidencia que luego que el Juez de primera instancia, una

Casación en la forma
El demandante a través del recurso de casación solicitó la nulidad de obrados, en atención a la existencia de defectos absolutos en la emisión del Auto de Vista Nº 676/2019, señalando que el Tribunal de segunda instancia, sin ingresar al análisis y resolución del fondo del recurso de apelación, dispuso desestimar su recurso, argumentando que fue presentado de forma extemporánea; además que la adhesión al recurso de apelación, es una figura propia del derecho procesal civil, no aplicable en materia laboral, sin cumplir con la obligación de motivar y fundamentar su resolución.
Del análisis de obrados, se evidencia que luego que el Juez de primera instancia, una vez en conocimiento del escrito de apelación interpuesto por la empresa demandada en contra de la Sentencia de primer grado, conforme a procedimiento, corrió en traslado de dicho recurso a la parte demandante, quien dentro el plazo de 5 días computables a partir de la notificación con el proveído de traslado, contestó a la apelación adhiriéndose al mismo, para posteriormente el Juez de primera instancia nuevamente correr en traslado a la empresa demandada la adhesión interpuesta por el actor