Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0230/2020-RA
Fecha: 04-Mar-2020
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Por memorial presentado el 13 de enero de 2020, de fs
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Por Sentencia de 11 de junio de 2015, de fs
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Contra la mencionada Resolución, Betty Vallejos Villacorta, por actuaciones de fs
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Previa reseña de antecedentes de hecho que motivaron el enjuiciamiento la recurrente expone como motivos
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Las conclusiones de la Sentencia sobre la no demostración que la señora Villacorta Videz “tuvo
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Considera además que el Tribunal de sentencia interpretó erróneamente el tipo penal acusado en sentido
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Finalmente, denuncia “falta de procedimientos en el debido proceso y desarrollo del juicio” (sic) alegando
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Añade que, “así también los testigos de descargo manifestaron claramente que [su] madre era ciega,
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El art
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En este contexto, el art
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Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
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ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
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Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
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iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
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El precepto legal contenido en el citado art
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También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
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En relación al requisito plazo, se tiene que la recurrente fue notificada con el Auto
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La recurrente acude en casación manifestando su desarreglo con los resultados del proceso, tanto por
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Así las cosas, la Sala estima que el recurso en cuestión es abiertamente inadmisible, pues
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Ciertamente el rigor formalista de exigibilidad de requisitos procesales ha sido superado en la jurisprudencia
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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Regístrese, hágase saber y devuélvase
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FDO
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Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca
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