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    Auto Supremo AS/0270/2020-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0270/2020-RA

    Fecha: 16-Mar-2020

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 17 de Febrero de 2020, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes remitidos en casación, se establece lo siguiente
    • Por diligencia de 11 de febrero de 2020 (fs
    • Del memorial de recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
    • Tanto en la sentencia como en el Auto de Vista de manera equivocada realizan la
    • Expresa que durante la sustanciación del proceso no se produjo ni una sola prueba de
    • El art
    • En este contexto, el art
    • Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
    • ii)  Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
    • Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
    • iii)  Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
    • Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • En el caso presente, se advierte que la parte recurrente fue notificada con el Auto
    • Por consiguiente, ante las falencias detectadas, se tiene que la parte recurrente incumplió las exigencias
    • Como segundo agravio manifiesta que tanto la sentencia como el Auto de Vista de manera
    • En este motivo, se advierte que el recurrente invoca los Autos Supremos 651/2014, 254/2016, 067/2013-RRC
    • Por consiguiente, el motivo segundo de análisis deviene en inadmisible ante el incumplimiento de los
    • Debe añadirse que la inclusión en el memorial de casación del acápite “Derechos Constitucionales y
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • FDO
    • Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca

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