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    Auto Supremo AS/0291/2020-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0291/2020-RRC

    Fecha: 20-Mar-2020

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 25 de septiembre de 2019, cursante de fs
    • I.1.  Antecedentes
    • Por Sentencia 4/2018 de 20 de abril (fs
    • I.1.1. Motivo del recurso de casación
    • Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo 991/2019-RA de 21 de octubre,
    • Acusa la vulneración del derecho efectivo de impugnación de resoluciones o doble instancia, por aplicación
    • Posterior a ello, hace una relación de actuados procesales sobre la tramitación de dicha apelación,
    • I.1.2. Petitorio
    • El recurrente solicitó se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado y se ordene
    • I.2. Admisión del recurso
    • Mediante Auto Supremo 991/2019-RA de 21 de octubre, cursante de fs
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
    • En el mes de agosto de 2016, la menor N
    • b) Se demostró la identidad de la víctima de iniciales N
    • c) Se acreditó la identidad del agresor Isaac Marcelo Azurduy Torrez, mayor de edad, profesor
    • d) En las acusaciones pública y particular se señaló que el hecho de Abuso Sexual
    • El Tribunal de alzada mediante providencia de 8 de agosto de 2018 cursante a fs
    • La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca emitió el Auto de
    • III.1. Del derecho al debido proceso
    • La jurisprudencia establecida por el Tribunal Supremo de Justicia respecto al debido proceso ha señalado
    • Por otra parte, el debido proceso reconocido en la Constitución Política del Estado, en su
    • III.2. De La debida fundamentación de las resoluciones judiciales
    • Referente a la debida fundamentación y motivación de resoluciones judiciales se debe tomar en cuenta
    • Es así, que en consideración a la exigencia contenida en la CPE y el CPP,
    • Conforme señalan los arts
    • Por otra parte, si bien es cierto, que el recurrente tiene derecho de ofrecer prueba
    • En ese ámbito, la jurisprudencia ha determinado criterios en cuanto a los requisitos de forma
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • En el presente caso, el recurrente refiere que al declararse inadmisible por falta de su
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • A los efectos de lo previsto por el art
    • En aplicación del art
    • FDO
    • Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca

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