Auto Supremo AS/0319/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0319/2020-RRC

Fecha: 20-Mar-2020

Con relación al segundo motivo traído en casación, en cuanto a la falta de fundamentación


Con relación al segundo motivo traído en casación, en cuanto a la falta de fundamentación en el Auto de Vista impugnado, al haberse resuelto la nulidad de la Sentencia y reposición de juicio por el Tribunal de alzada, sosteniendo de manera inocua e incompleta la necesidad de dar aplicación al art. 169.3 del CPP, ante la posibilidad de corregir el error de manera directa por dicho Tribunal, e invocado que fuere el Auto Supremo 86 de 18 de marzo de 2008, se tiene del mismo que, emitido dentro del proceso penal seguido por A.B.C. contra L.E.G.P., por la presunta comisión del delito de Estafa, ante la anulación de la Sentencia y reposición del juicio por otro Juez, dispuestas por el Tribunal de alzada, el Auto de Vista fue dejado sin efecto, al omitir fundamentar los motivos para arribar a dicha determinación; estableciendo como Doctrina Legal Aplicable que: “El derecho al debido proceso exige que toda resolución sea debidamente fundamentada; la autoridad que pronuncia una resolución debe necesariamente exponer los hechos, realizar la fundamentación legal y citar las normas que sustentan la parte resolutiva o dispositiva del fallo. Esta exigencia se torna aún más relevante cuando el juez o tribunal debe resolver en apelación la impugnación de las resoluciones pronunciadas por las autoridades que dictaron la sentencia, pues dichas resoluciones deben estar suficientemente fundamentadas y exponer con claridad las razones y fundamentos legales que las sustentan y permitan establecer que la determinación sobre la existencia o inexistencia del agravio sufrido, proviene de una correcta y objetiva valoración de las pruebas y consideración de los argumentos expuestos por las partes, por cuanto en la medida en que las resoluciones contengan los fundamentos de hecho y derecho, los sujetos procesales ( acusador y acusado) llegarán a la convicción de que la decisión adoptada es justa”