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    Auto Supremo AS/0320/2020-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0320/2020-RRC

    Fecha: 20-Mar-2020

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 11 de octubre de 2019, cursante de fs
    • I.1.  Antecedentes
    • Por Sentencia 33/2014 de 27 de agosto (fs
    • Contra la referida Sentencia, el imputado Santos Layme Lupe (fs
    • I.1.1. Motivo del recurso de casación
    • I.1.2. Petitorio
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
    • Por Sentencia 33/2014 de 27 de agosto, el Juez Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental
    • Si bien en el caso, no se realizó el acto por ningún medio de transporte,
    • II.2.  De la apelación restringida
    • El imputado Santos Layme Lupe, interpuso recurso de apelación restringida, identificando como agravio de la
    • II.3. Del Auto de Vista impugnado
    • La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dictó el Auto de
    • El fundamento de la Sentencia es coherente y conforme a la valoración de la prueba
    • Admitido el recurso de casación, corresponde emitir pronunciamiento de fondo, dentro de los límites establecidos
    • III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
    • Conforme lo dispuesto por el art
    • El art
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • Recapitulando, como problemática traída en casación, denuncia el recurrente que el Tribunal de apelación vulneró
    • Al efecto, citó como precedente contradictorio el Auto Supremo 315 de 25 de agosto de
    • Que los supuestos de errónea aplicación de la ley adjetiva se refieren: a) a los
    • Evidenciada la similitud de problemáticas entre la traída en casación y la que originó la
    • Ahora bien, ingresando en la labor de contraste con el precedente invocado, corresponde establecer si
    • A tal efecto, conviene resaltar que el precedente contradictorio invocado -Auto Supremo 315 de 25
    • En el caso de Autos, el Tribunal de alzada ante la denuncia de errónea concreción
    • Finalmente, cabe señalar que resulta correcto el entendimiento asumido por la Sala de apelación, respecto
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • FDO
    • Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca

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