Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0328/2020-RA
Fecha: 20-Mar-2020
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Por memorial de casación presentado el 17 de enero de 2020, cursante de fs
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Por Sentencia 03/2016 de 3 de mayo (fs
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Por diligencia de 10 de enero de 2020 (fs
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Previa exposición de antecedentes procesales, la recurrente señala como motivos de su recurso los siguientes
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Denuncia defecto absoluto por vulneración al debido proceso y al principio de presunción de inocencia,
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El art
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En este contexto, el art
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Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
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ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
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Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
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iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
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El precepto legal contenido en el citado art
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Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
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Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
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Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
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En el caso de autos se advierte que la recurrente fue notificada con el Auto
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Respecto al primer motivo, se evidencia que la recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado
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Sobre la problemática planteada invoca los Autos Supremos 319/2012-RRC de 4 de diciembre y 448
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En cuanto, al segundo motivo, se tiene que la recurrente reclama la vulneración al debido proceso
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Al respecto la recurrente invoca el Auto Supremo 014/2013-RRC de 6 de febrero, que establecería
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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Regístrese, hágase saber y cúmplase
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FDO
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Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca
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