Hasta que el 24 de febrero de 2014, por conclusión de la Obra se disuelve
Hasta que el 24 de febrero de 2014, por conclusión de la Obra se disuelve la relación laboral, teniendo como tiempo de trabajo, (5) cinco años, (7) siente meses y (17) días, de lo que la empresa demandada dilató el pago de los beneficios sociales en un tiempo aproximado de 2 años, no realizando así la cancelación de sus derechos laborales que por ley le correspondían
- I. 1. Antecedentes del proceso
- En grado de apelación deducida por Construcciones y Procesos Petroleros Ltda
- Recurso de Casación en el fondo
- En el Auto de Vista ahora recurrido, no se valoró el finiquito manifestando que carecía
- De esta manera, alega que es evidente la omisión que hizo la Juez sobre la
- Por otra parte, al sentenciar la multa del 30%, no tomó en cuenta el principio
- El art
- En mérito a lo expuesto, solicito a su autoridad nos conceda el recurso de casación
- De los antecedentes procesales, se evidencia que el demandante a tiempo de interponer su demanda,
- Hasta que el 24 de febrero de 2014, por conclusión de la Obra se disuelve
- En consecuencia, de todo lo descrito precedentemente, inició la presente demanda, solicitando el pago de
- Con costas
- Se regula honorarios en la suma de Bs. 1.000
- Magistrado Relator: Carlos Alberto Egüez Añez.
