I. 1. Antecedentes del proceso
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 344/2020
Sucre, 9 de marzo de 2020
Expediente: SC-CA.SAII-SCZ. 358/2019
Distrito: Santa Cruz
Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 98 a 100 vta., interpuesto por Construcciones y Procesos Petroleros Ltda., (CONPROPET), representada por Javier Fernando Farfan Calderon, contra el Auto de Vista Nº 141/2019 de 01 de julio de fs. 92 a 94 vta., correspondiente a la Sala en Materia de Trabajo y Seguridad Social Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso de beneficios sociales que sigue Donald Hoyos Pérez en contra de la Sociedad Construcciones y Procesos Petroleros Limitada (CONPROPET) LTDA., representada por Javier Fernando Farfán Calderón, el Auto N° 9 de septiembre de 2019, que concedió el recurso, el Auto Nº 351/2019-A de 18 de septiembre de fs. 115 vta., que admitió el recurso indicado, los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO I:
I. 1. Antecedentes del proceso
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 344/2020
Sucre, 9 de marzo de 2020
Expediente: SC-CA.SAII-SCZ. 358/2019
Distrito: Santa Cruz
Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 98 a 100 vta., interpuesto por Construcciones y Procesos Petroleros Ltda., (CONPROPET), representada por Javier Fernando Farfan Calderon, contra el Auto de Vista Nº 141/2019 de 01 de julio de fs. 92 a 94 vta., correspondiente a la Sala en Materia de Trabajo y Seguridad Social Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso de beneficios sociales que sigue Donald Hoyos Pérez en contra de la Sociedad Construcciones y Procesos Petroleros Limitada (CONPROPET) LTDA., representada por Javier Fernando Farfán Calderón, el Auto N° 9 de septiembre de 2019, que concedió el recurso, el Auto Nº 351/2019-A de 18 de septiembre de fs. 115 vta., que admitió el recurso indicado, los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO I:
I. 1. Antecedentes del proceso
- I. 1. Antecedentes del proceso
- En grado de apelación deducida por Construcciones y Procesos Petroleros Ltda
- Recurso de Casación en el fondo
- En el Auto de Vista ahora recurrido, no se valoró el finiquito manifestando que carecía
- De esta manera, alega que es evidente la omisión que hizo la Juez sobre la
- Por otra parte, al sentenciar la multa del 30%, no tomó en cuenta el principio
- El art
- En mérito a lo expuesto, solicito a su autoridad nos conceda el recurso de casación
- De los antecedentes procesales, se evidencia que el demandante a tiempo de interponer su demanda,
- Hasta que el 24 de febrero de 2014, por conclusión de la Obra se disuelve
- En consecuencia, de todo lo descrito precedentemente, inició la presente demanda, solicitando el pago de
- Con costas
- Se regula honorarios en la suma de Bs. 1.000
- Magistrado Relator: Carlos Alberto Egüez Añez.
