Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0371/2020
Fecha: 09-Mar-2020
I.2. Auto de Vista
I.2. Auto de Vista
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Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar
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I.1. Antecedentes del proceso
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Que, tramitado el proceso contencioso tributario, el Juez Segundo Administrativo, Tributario y Coactivo de Santa
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I.2. Auto de Vista
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En grado de apelación, por Auto de Vista N° 20/19 de 20 de junio (fs
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I.3 Motivos del recurso de casación
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Que, contra el referido auto de vista, el representante legal de la Sociedad Aceitera del
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Acusó incorrecta interpretación de la validez del crédito fiscal depurado por compras no vinculas establecidas
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Que en merito al principio de realidad económica la autofacturación realizada por su empresa por
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Alega aplicación indebida de la norma para la deducibilidad de gastos necesarios para el mantenimiento
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Observa vulneración al debido proceso en sus elementos del derecho a la defensa y valoración
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En su petitorio solicita se CASE totalmente el Auto de Vista N° 20/19 de 28
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El recurso de casación fue respondido en forma negativa por escrito de fs
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El recurso de casación, conforme instituye el art
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La jurisprudencia asumida por este Tribunal, sobre las causales y requisitos de procedencia para el
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Como característica esencial de este recurso podemos establecer que no se trata de una tercera
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Cuando el recurso de casación se interpone en el fondo, (por errores en la resolución
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En ambos casos, es de inexcusable cumplimiento el mandato del art
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En cambio, el recurso de casación en la forma está orientado a que el Tribunal
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Por ello es que, respecto al examen de admisibilidad del recurso de casación, cuya exigencia
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Por consiguiente, el recurrente se encuentra obligado a examinar e impugnar los fundamentos de la
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En este contexto del recurso traído a casación, se advierte que el punto 1 de
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En relación al punto 2 se evidencia que una de las razones por las que
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De la revisión del auto de vista impugnado se puede extractar que no se evidencia
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Respecto al punto 4 corresponde señalar que los informes elaborados por los asesores técnicos, por
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En relación a la infracción acusada de aplicación indebida de la norma, debe entenderse que
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Respecto a la conculcación del debido proceso señalar que este derecho consagrado por el art
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En el presente de la revisión de antecedentes y lectura de la resolución del auto
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En virtud de lo fundamentado, pese a las deficiencias del recurso de casación que no
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POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Supremo Tribunal de
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Regístrese, notifíquese y devuélvase
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Magistrado Relator: Ricardo Torres Echalar
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