Auto Supremo AS/0371/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0371/2020

Fecha: 09-Mar-2020

Que, contra el referido auto de vista, el representante legal de la Sociedad Aceitera del

Que, contra el referido auto de vista, el representante legal de la Sociedad Aceitera del Oriente S.R.L., interpuso el recurso de casación en fondo y en la forma de fs. 272 a 277 vlta., bajo los siguientes:
Arguye una incorrecta interpretación de la normativa vigente.- El recurrente observa que el tribunal de alzada se basó únicamente en: 1) el certificado de inscripción al SIN y 2) el informe del Auditor Técnico del Juzgado tomando para basar el auto vista sin analizar la verdadera vinculación con la actividad gravada y real de IASA, interpretando de forma errónea los artículos 4 y 8 de la Ley N° 843 y sin considerar el principio de verdad material consagrado en la CPE