Auto Supremo AS/0263/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0263/2020

Fecha: 06-Jul-2020

Con respecto al derecho de los hijos, cabe aclarar que poseen un derecho expectaticio sobre

Bajo la citada premisa jurídica la postura asumida por el recurrente en sentido que los bienes deberían quedar a favor de los hijos nos resulta viable, porque en el ejercicio de su autonomía de la voluntad la demandante no pretende que estos continúen en esa calidad (gananciales), no otra cosa demuestra su pretensión que tiene por fin la subasta del bien al no merecer cómoda división, entonces resulta imposible lo pretendido por el recurrente, más aun cuando se trata de un bien sujeto al régimen de la comunidad ganancial, por ende partible al momento de su separación, como acontece.
Con respecto al derecho de los hijos, cabe aclarar que poseen un derecho expectaticio sobre los bienes, que no se perfeccionará hasta el momento de llamamiento y vocación de la herencia, no pudiendo reconocerles en este momento un derecho como erradamente pretende en su recurso