Sin embargo, respecto del art
Por ello, en aplicación del principio de preclusión procesal prevista en los arts. 3 inc. e) y 57 del CPT, este Tribunal se encuentra imposibilitado de analizar y resolver esa nueva infracción inserta en el recurso de casación, que no fue cuestionada en la apelación, perdiendo la oportunidad procesal para efectuar este reclamo.
Sin embargo, respecto del art. 197 del CPC-1975, tratándose de un aspecto trascendental en la tramitación de un proceso y ser de orden público, este Tribunal considera conveniente y necesario efectuar una aclaración sobre el mismo
Sin embargo, respecto del art. 197 del CPC-1975, tratándose de un aspecto trascendental en la tramitación de un proceso y ser de orden público, este Tribunal considera conveniente y necesario efectuar una aclaración sobre el mismo
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- El Juez Tercero del Trabajo y Seguridad Social de Cochabamba, emitió la Sentencia Nº 25/2018
- Auto de Vista
- II. RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN
- Contra el indicado Auto de Vista, SEMAPA a través de Noel Fernández Saavedra, formuló recurso
- No se cumplió con el art
- En el fondo
- El Auto de Vista, se limitó a realizar una análisis sobre la legalidad del reconocimiento
- Petitorio
- Solicitó se anule obrados hasta que se eleve en revisión al Sentencia; o en su
- Contestación
- Dispuesto el traslado del recurso de casación, mediante Decreto de 17 de enero de 2020
- Admisión del recurso de casación
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- En el recurso de casación en la forma, se reclamó la falta de aplicación del
- Sin embargo, respecto del art
- Si bien es cierto, que por mandato del art
- El art
- Para mayor claridad, el DS Nº 110 de 1 de mayo de 2009, en su
- En ese entendido, conforme a la normativa glosada debe realizarse una actualización del valor, del
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
