POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184-1 de la Constitución Política del Estado y 42-I-1 de la Ley del Órgano Judicial, ANULA obrados hasta el Auto de 16 de enero de 2020, de fs.180; disponiendo que el Tribunal de alzada de forma inmediata, emita Auto conforme a procedimiento, concediendo o negando la concesión, de ambos recursos de casación interpuestos por los sujetos procesales; en observancia del art. 276-II del Código Procesal Civil, sin multa por ser excusable
- Magistrado Relator:Lic. Esteban Miranda Terán
- Sentencia
- Auto de Vista
- Doctrina aplicable al caso
- Fundamentación del caso concreto
- Por esta facultad el Tribunal de casación está obligado a revisar, si en el desarrollo
- En ese entendido, de la revisión de antecedentes se evidencia lo siguiente
- 2
- Siendo evidente que el Tribunal de alzada omitió cumplir la normativa, respecto a la concesión
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Por Secretaría de Sala, cúmplase con lo previsto en el art
- Regístrese, comuníquese y cúmplase. -
