Auto Supremo AS/0358/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0358/2020-RRC

Fecha: 28-Jul-2020

Por lo referido, a partir del propio planteamiento del recurrente en apelación, esta Sala Penal

Por lo referido, a partir del propio planteamiento del recurrente en apelación, esta Sala Penal asume que la fundamentación que contiene el Auto de Vista impugnado en los términos que expresa, denota una falta de relación y correspondencia de los datos de la Sentencia, lo que implica que el Tribunal de alzada no ejerció su deber de control de la fundamentación de la Sentencia, pues conforme a la doctrina emitida por este Tribunal, que fue extractado en el acápite III.1 de este Auto Supremo, le correspondía al Tribunal de alzada ejercer el control no solo de la legalidad de la Sentencia, sino también de la logicidad empleada ha momento de valorar la prueba, que debe encontrarse en la fundamentación probatoria de la Sentencia, labor que debía ser efectuado de manera legítima; es decir, en correspondencia a los datos de la Sentencia y con la debida fundamentación como elemento constitutivo del debido proceso, temática que fue explicada en el acápite III.2 de este fallo, pues si bien la motivación no implica la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales, sino que debe ser expresa, clara, completa y legítima, debiendo expresar la autoridad jurisdiccional sus convicciones determinativas que justifiquen razonablemente su decisión en correspondencia a los datos de la Sentencia, lo que no fue cumplido por el Tribunal de alzada a tiempo de resolver el defecto contenido en el art. 370 inc. 5) del CPP, resultando evidente la lesión al derecho al debido proceso que reclama el recurrente, en su elemento de la debida fundamentación que debe contener toda resolución judicial conforme prevé el art. 124 del CPP, por lo que el presente recurso, deviene en fundado