Fundamentación del caso concreto
Fundamentación del caso concreto:
Conforme se ha relacionado precedentemente, el recurso de casación objeto de análisis, contiene aspectos que ya fueron desglosados en la doctrina aplicable al caso; por consiguiente, ahora resolviendo los fundamentos traídos a colación, se establece lo siguiente:
1.- Señaló que el Tribunal de apelación, al emitir el Auto de Vista de 16 de julio de 2019, incurrió en errónea aplicación de la Ley, toda vez que confirmó la Sentencia que estableció, que el despido del demandante fue intempestivo e injustificado, por no haberse demostrado la causal de despido de hurto agravado, de conformidad al art. 16 inc. g) de la LGT concordante con art. 9 inc. g) del DR de la LGT, siendo lo correcto que se hubiese anulado la Sentencia, por cuanto de la prueba acompañada se demostró que la ruptura laboral fue por hurto y no por abandono de trabajo, por lo que no le corresponde el pago, en consecuencia tanto la Sentencia como el Auto de Vista, son nulos, por carecer de fundamentación e incongruencia, que atenta el debido proceso
Conforme se ha relacionado precedentemente, el recurso de casación objeto de análisis, contiene aspectos que ya fueron desglosados en la doctrina aplicable al caso; por consiguiente, ahora resolviendo los fundamentos traídos a colación, se establece lo siguiente:
1.- Señaló que el Tribunal de apelación, al emitir el Auto de Vista de 16 de julio de 2019, incurrió en errónea aplicación de la Ley, toda vez que confirmó la Sentencia que estableció, que el despido del demandante fue intempestivo e injustificado, por no haberse demostrado la causal de despido de hurto agravado, de conformidad al art. 16 inc. g) de la LGT concordante con art. 9 inc. g) del DR de la LGT, siendo lo correcto que se hubiese anulado la Sentencia, por cuanto de la prueba acompañada se demostró que la ruptura laboral fue por hurto y no por abandono de trabajo, por lo que no le corresponde el pago, en consecuencia tanto la Sentencia como el Auto de Vista, son nulos, por carecer de fundamentación e incongruencia, que atenta el debido proceso
- Sucre, 27 de julio de 2020
- Demandante: Oscar Román Gálvez
- Departamento:Santa Cruz
- Magistrado Relator:Lic. Esteban Miranda Terán
- Sentencia
- Auto de Vista
- II.- RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN
- 1
- Petitorio
- Contestación al recurso y petitorio
- Doctrina aplicable al caso
- En materia laboral los derechos de los trabajadores, por su naturaleza y finalidad gozan de
- La prueba en materia laboral se inscribe en lo que doctrinalmente se denomina el sistema
- La jurisprudencia sentada por el Supremo Tribunal de Justicia establece que la apreciación y valoración
- Asimismo, si se acusa error de hecho y de derecho, al no tratarse de un
- Fundamentación del caso concreto
- En ese sentido, cabe indicar que tal apreciación resulta correcta, porque en el caso, se
- En ese marco normativo, los Tribunales de instancia al reconocer los derechos del trabajador en
- El art
- Con referencia a este reclamo, el que ya fue considerado en el punto precedente; sin
- De lo que se infiere que la prueba a la que hace alusión, que no
- Conclusión
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Se regula el honorario profesional del abogado patrocinante, en Bs
- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE.
