Auto Supremo AS/0359/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0359/2020

Fecha: 27-Jul-2020

La prueba en materia laboral se inscribe en lo que doctrinalmente se denomina el sistema



Sobre la valoración de la prueba
La prueba en materia laboral se inscribe en lo que doctrinalmente se denomina el sistema de apreciación en conciencia, dentro de los parámetros de la sana crítica, así el art. 158 del Código Procesal del Trabajo (CPT) señala: "El Juez no estará sujeto a la tarifa legal de pruebas, y por lo tanto formará libremente su convencimiento, inspirándose en los principios científicos que informan la crítica de la prueba y atendiendo a las circunstancias relevantes del pleito y a la conducta procesal observada por las partes. (...)"