Auto Supremo AS/0365/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0365/2020-RRC

Fecha: 28-Jul-2020

A mayor abundamiento, cabe señalar que tampoco se observa el cumplimiento de los requisitos para

A mayor abundamiento, cabe señalar que tampoco se observa el cumplimiento de los requisitos para la concurrencia del fallo corto; bajo los siguientes criterios:
i) La omisión denunciada por el recurrente -falta de respuesta al defecto de Sentencia contenido en el inc. 1) del art. 370 del CPP-, se basa en el simple argumento de que el Tribunal de apelación utilizó como respuesta evasiva a su reclamo el señalar que “En aplicación del A.S. No. 363/2013, corregirá la inadecuada fundamentación de la sentencia sobre la imposición de la sanción…” (sic), sin embargo, en ninguna parte del Auto de Vista recurrido se expone dicha afirmación, por el contrario, como se ha precisado líneas precedentes, se da respuesta clara y completa a lo reclamado, partiendo de la premisa contenida en el Auto Supremo 363/2013, respecto a la facultad de los Tribunales de alzada de corregir directamente la imposición de la pena en el marco de lo previsto por los arts. 413 y 414 del CPP, citada como simple obiter dicta en el Auto de Vista recurrido