Auto Supremo AS/0417/2020-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0417/2020-RA

Fecha: 29-Jul-2020

El recurrente denuncia también la inobservancia o errónea aplicación de la Ley sustantiva, referido a


El recurrente denuncia también la inobservancia o errónea aplicación de la Ley sustantiva, referido a la aplicación de la pena, numeral 1) Art. 370 de la Ley 1970 en relación al numeral 5) Del mismo proceso puesto que invoco en su apelación restringida como un agravio el hecho que se le condeno a la pena privativa de libertad de 3 años sin ningún fundamento y solo haciendo mención a su comportamiento en el transcurso del proceso, motivando su declaratoria de rebeldía, haciendo mención la ausencia de fundamentación sobre la aplicación de la pena, haciendo notar el recurrente los A. S. 342/2006 de 28 de agosto y 207/2007 de 28 de marzo de que hacen a la obligación de fundamentar una resolución judicial en forma clara, expresa, completa, legitima, lógica y jurídica, sin embargo ante la vulneración con la doctrina legal invocada a lo que sumo el Auto Supremo Nº 41 de 21 de febrero de 2013 que anula una sentencia por no haber determinado legal y normativamente la fijación de la pena, ya que como normas jurídicas inobservada y erróneamente aplicada se debieron entender a los art. 37, 38, y 40 del CP., referidos a la aplicación de la pena y el quantum de la misma, toda vez a que la sentencia apelada consigna una pena agravante cuando esta no fue demostrada y menos fundamentada ya que el Tribunal de apelación niega proporcionarle al recurrente una respuesta sobre dicho agravio