En el caso de autos se advierte que el recurrente Veimar Alejandro Mariscal Méndez, fue
IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
En el caso de autos se advierte que el recurrente Veimar Alejandro Mariscal Méndez, fue notificado con el Auto de Vista impugnado el 21 de febrero de 2020, interponiendo su recurso de casación el 03 de marzo de 2020; es decir, dentro del plazo de los cinco días hábiles que le otorga la Ley, en cumplimiento del requisito temporal exigido por el art. 417 del CPP; en consecuencia, corresponde verificar el cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad
- Por memorial presentado el 03 de marzo de 2020, cursante de fs
- Por Sentencia 19/2018 de fecha 18 de julio de 2018 (fs
- Por diligencia del 21 de febrero 2020 (fs
- Del recurso de casación interpuesto, se extraen los siguientes agravios
- Dicha determinación de admisibilidad realizada por el Tribunal de alzada en el recurso de
- El recurrente denuncia también la inobservancia o errónea aplicación de la Ley sustantiva, referido a
- Al respecto, invoca los Autos Supremos A
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que el recurrente Veimar Alejandro Mariscal Méndez, fue
- Con relación al único motivo, se denuncia que el Auto de Vista carece de la
- Respecto de la temática planteada invocó como precedentes contradictorios los Autos Supremos A
- No obstante, se advierte que se identificó el hecho concreto que le causa agravio y
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
