Asimismo, en cuanto al reclamo de defecto de sentencia vinculado al art
Asimismo, en cuanto al reclamo de defecto de sentencia vinculado al art. 370 num. 5) del CPP, el recurrente manifiesta que el Tribunal de apelación no ingresó a su análisis sin brindar en tal consecuencia una respuesta motivada. Manifiesta que la confiscación dispuesta en Sentencia no fue precedida de ninguna petición fundamentada de parte del Ministerio Público, siendo que en esa situación en tal fallo “no existe fundamento alguno que justifique la decisión de disponer una sanción accesoria de confiscación” (sic)
- Por memorial presentado el 17 de septiembre de 2019, Justino Vale Vásquez, interpuso recurso de
- El 8 de agosto de 2013, el Juzgado de Instrucción Penal Cautelar Segundo de Oruro,
- Contra la mencionada Sentencia, Justino Vale Vásquez, promovió recurso de apelación restringida, resuelto por la
- Por otra parte alega que el Tribunal de apelación incurrió en yerro sobre la aplicación
- Asimismo, en cuanto al reclamo de defecto de sentencia vinculado al art
- Finalmente expresa que los de apelación, en el marco del art
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Tal entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Según el art
- En esa línea de entendimiento, en la resolución de un recurso de casación formulado por
- Con lo expuesto y en el caso específico, concluimos que la recurrente, no es parte,
- El Tribunal Supremo de Justicia, al tener competencias específicas, no puede arrogarse funciones que no
- En el caso de autos, se evidencia que si bien el recurrente interpuso recurso de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
