Auto Supremo AS/0432/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0432/2020

Fecha: 22-Jul-2020

Finalmente solicita que este Tribunal Supremo de Justicia, CASE el auto de vista recurrido revocando

Aduce que, que los elementos mencionados son prueba clara y suficiente para establecer que el tiempo de servicios del actor fue desde el 2 de febrero de 2012 al 30 de noviembre de 2014, por lo que arguye que no se cumplió con el debido proceso, tomando en cuenta los principios procesales de inmediatez, libre apreciación de la prueba y los derechos a la defensa e igualdad entre las partes; además de la vulneración de los arts. 150, 151, 156, 159, 166, 169, 179 y 183 del CPT incurriendo en error in procedendo al fallar sin considerar el contenido de la contestación y fijación de los puntos específicos en el auto de apertura del termino de prueba, de modo que el auto de vista recurrido, no observó lo dispuesto en el art. 180.II de la CPE, que establece el principio procesal de verdad material que debe regir en todo proceso; en la especie la demanda fue desvirtuada con la prueba de descargo bajo el principio de inversión de la prueba, de modo que con la resolución recurrida se vulneró los arts. 1283.I.II del CC y 375.I del CPC, que establecen que la carga de la prueba le corresponde a quien pretenda en juicio un derecho.
Petitorio
Finalmente solicita que este Tribunal Supremo de Justicia, CASE el auto de vista recurrido revocando la sentencia apelada