Auto Supremo AS/0443/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0443/2020

Fecha: 22-Jul-2020

En consideración de los argumentos expuestos por ambas partes en sus recursos, de acuerdo a

En consideración de los argumentos expuestos por ambas partes en sus recursos, de acuerdo a la problemática planteada, se realiza una interpretación desde y conforme la Constitución Política del Estado, el bloque de constitucionalidad y las normas ordinarias aplicables al caso concreto; en ese marco caben las siguientes consideraciones de orden legal:
Analizando los antecedentes tanto del recurso de casación del demandante recurrente como del recurso de casación por parte del demandado recurrente, corresponde además tener presente que en ejercicio de la facultad conferida en el artículo 17 de la Ley Órgano Judicial Nº 025 de 24 de junio de 2010, este Tribunal tiene la facultad de revisar de oficio los antecedentes del proceso, a objeto de verificar el cumplimiento de los plazos y leyes que regulan su correcta tramitación y conclusión, para imponer en su caso, la sanción que corresponda o determinar, cuando el acto omitido lesione la garantía constitucional del debido proceso, haciendo insubsanables las consecuencias materiales y jurídicas del mismo, la nulidad de oficio, conforme establece el artículo 265 del Código Procesal Civil, aplicable por mandato del art. 252 del Código Procesal del Trabajo