Que de existir una interpretación correcta de los arts
Que de existir una interpretación correcta de los arts. 39.I, 41, 42 y 45 de la Ley de Conciliación y Arbitraje de 25 de junio de 2015, el Tribunal de alzada no ampararía la decisión asumida en la resolución recurrida dado que la cláusula contractual que contiene el tema de solución de controversias en el presente caso, para ser considerada como cláusula arbitral debe tener dos elementos esenciales, aspecto que no concurre en el caso de autos
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- CONSIDERANDO II
- Que de existir una interpretación correcta de los arts
- En mérito a la resolución a dictarse corresponde desarrollar la doctrina aplicable al caso
- Este Tribunal a través de diferentes AASS
- Sobre el tema el art
- Resultando únicamente ambiguo en su literalidad el primer caso, correspondiendo en consecuencia su interpretación por
- Partiendo de dicho argumento, se debe entender que cuando el Legislador ha establecido la procedencia
- III.2. De la inimpugnabilidad de la resolución que resuelve la excepción de arbitraje
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- CONSIDERANDO IV
- Bajo ese entendimiento debemos señalar que ninguna resolución dispuesta que resuelva excepciones de arbitraje e
- Por lo expuesto, corresponde emitir resolución en la forma prevista por los arts
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
