Auto Supremo AS/0313/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0313/2020

Fecha: 05-Ago-2020

Bajo ese entendido se tiene aclarado que dentro del proceso ejecutivo por su naturaleza, no

Bajo ese entendido se tiene aclarado que dentro del proceso ejecutivo por su naturaleza, no se permite el planteamiento del recurso de casación y principalmente por constituirse en una regla general descrita en el art. 270 del Código Procesal Civil, más aun si consideramos que pese a que el proceso es de estructura monitoria (que no admite recurso de casación)